AFIP introdujo cambios en la presentación de Ganancias para poder deducir los alquileres
CONTAPUESALTA- La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) realizó cambios este martes en la presentación de la declaración jurada informativa de bienes, ingresos, gastos y deducciones correspondiente al período fiscal 2023 que deben cumplir determinados beneficiarios de las rentas que obtienen por el alquiler de inmuebles.
Así quedó plasmado en la Resolución General 5521/2022 publicada hoy en Boletín Oficial. La Ley 27.737 estableció un incentivo impositivo a la locación de inmuebles, entre los cuales se incorporó al artículo 85 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, una deducción del 10% del monto total anual de alquileres de inmuebles destinados a casa-habitación, que puede ser computada por el locatario y por el locador.
AFIP entonces liquidará el Impuesto a las Ganancias de la siguiente manera:
- “Las liquidaciones se confeccionarán de acuerdo con la “Liquidación de Impuesto a las Ganancias - 4ta. Categoría Relación de Dependencia” cuyo modelo se publicará en el micrositio “Ganancias y Bienes Personales” del sitio “web” institucional (https://www.afip.gob.ar/gananciasYBienes/).”
- El modelo que se utilizará es el modelo publicado en el micrositio “Ganancias y Bienes Personales” disponible en el sitio “web” institucional (https://www.afip.gob.ar/gananciasYBienes/).”
Ganancias: las claves de la deducción de alquileres De acuerdo al documento, el locador podrá efectuar el cómputo de esta deducción aún cuando hubiera optado por declarar los ingresos por alquileres de inmuebles bajo el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.
Esta deducción procederá en la medida en que el monto de los alquileres abonados - en función de lo acordado en el contrato de locación respectivo- se encuentre respaldado mediante la emisión de una factura o documento equivalente por parte del locador.
Asimismo, en el primer período fiscal en que se efectúe el cómputo de la deducción y con cada renovación del contrato, el beneficiario de la renta deberá remitir a este organismo a través del servicio "Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIRADIG)- TRABAJADOR" una copia del contrato del alquiler, en formato PDF.





